Chile se divide en 16 unidades territoriales llamadas regiones, mediante la Ley N° 20.990 de 2017, se modifica la Constitución Política de la República, en el sentido de establecer la elección popular y democrática del Órgano Ejecutivo del Gobierno Regional, que será ejercido por el Gobernador Regional, quien junto con el Consejo Regional, velarán por el desarrollo social, cultural y económico de la región. Por otra parte, la figura del Intendente y Gobernador pasan a ser denominados como: Delegados Presidenciales Regionales y Delegados Presidenciales Provinciales. En este sentido, en cada región existirá un Delegado Presidencial Regional, quien será nombrado y removido por el Presidente de la República, mientras que a nivel provincial, existirá un Delegado Presidencial Provincial, el cual también será nombrado y removido por el Presidente de la República, cumpliendo ambos las funciones que la ley les señala.
Fuente: Ley N°20.990 DE 2017